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SAG fiscaliza venta de medicamentos de uso veterinario

El Servicio Agrícola y Ganadero es la entidad fiscalizadora del Decreto 25, publicado el año 2005,  que “Aprueba Reglamento de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario”. Es decir, debe fiscalizar por definición cualquier sustancia natural o sintética, o mezcla de ellas, que se administre a los animales con el fin de prevenir, tratar o curar las enfermedades o sus síntomas.

Por dicho Decreto, en términos generales, el SAG está mandatado para fiscalizar que el establecimiento que venda medicamentos de uso exclusivamente para animales, se encuentre debidamente inscrito en los registros del Servicio. El expendio de éstos debe estar a cargo de un director técnico (Médico veterinario o Químico farmacéutico) inscrito y reconocido por el SAG. A su vez, la venta de medicamentos con receta médico veterinaria será auditada por parte del Servicio y sólo se podrá comercializar aquellos medicamentos que cuenten con su respectivo registro SAG.

La Directora (S) Regional del SAG indicó que “el equipo pecuario de la región está abocando todos sus esfuerzos para realizar de la mejor forma estas fiscalizaciones y es necesario aclarar que no se pueden comercializar medicamentos fraccionados, vencidos, adulterados o falsificados, para que no quepa ninguna duda del alcance que tienen estas fiscalizaciones”.

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