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Ya se encuentran abiertas las postulaciones al Subsidio a la contratación, línea Activación Laboral

Como parte del plan gubernamental para promover la inserción laboral, fortalecer el empleo formal y contribuir a la recuperación del mercado laboral, la semana pasada se habilitaron las postulaciones al nuevo subsidio a la contratación, beneficio estatal que entrega una bonificación mensual directa a las empresas beneficiarias por cada trabajador o trabajadora que cumpla los requisitos establecidos.

La propuesta de Subsidio a la Contratación Línea de Activación Laboral cuenta con un presupuesto inicial de $24.500 millones y tiene como meta dar cobertura a 25.000 nuevos puestos de trabajo a nivel nacional.

La iniciativa, disponible en https://www.subsidioalempleo.cl/index.html, entrega una bonificación mensual (por un período máximo de cuatro meses) de hasta el 50% para trabajadores y hasta un 60% para trabajadoras de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM) por cada trabajador o trabajadora postulado/a (actualmente $553.553).

La Seremi del Trabajo y Previsión Social, Belén Núñez Ormeñohizo un llamado a las empresas de la región a postular al beneficio: «Como Gobierno del Presidente José Antonio Kast, a través del Ministerio del Trabajo, estamos impulsando medidas concretas para fortalecer el empleo formal y apoyar la reactivación del mercado laboral. Este subsidio a la contratación representa una oportunidad para que las empresas de nuestra región incorporen nuevos trabajadores y trabajadoras, recibiendo un importante apoyo económico por cada contratación que cumpla con los requisitos del programa.

Es por esto que, invitamos a las empresas de Arica y Parinacota a informarse y postular a este beneficio, que además de incentivar la generación de nuevos puestos de trabajo, permite que más personas desempleadas accedan a un empleo con contrato, cotizaciones y protección social”.

 

La autoridad agregó además que “nuestro compromiso es seguir promoviendo iniciativas que impulsen el desarrollo económico de la región y mejoren las oportunidades laborales de quienes hoy buscan incorporarse al mercado del trabajo. Las postulaciones ya se encuentran disponibles en www.subsidioalempleo.cl y hacemos un llamado a no dejar pasar esta oportunidad.»

 

Por su parte el director regional del SENCE, Francisco Muñoz Soto, explicó que “nuestro Servicio ha administrado con éxito distintos subsidios al empleo en los últimos años, desarrollando capacidades técnicas y operativas que hoy ponemos nuevamente al servicio del país. Esa experiencia nos permite implementar este beneficio con eficiencia, transparencia y la certeza de que contamos con los equipos y las plataformas necesarias para apoyar la creación de nuevos empleos formales”.

El beneficio aplica a las y los trabajadores cuya remuneración bruta mensual no supere los tres Ingresos Mínimos Mensuales (IMM) y se paga directamente a la empresa empleadora.

Cada empresa podrá acceder a un máximo de 200 subsidios durante toda la vigencia del programa, que se devengará hasta diciembre de 2026. Las postulaciones realizadas y aprobadas entre julio y agosto 2026 podrán acceder hasta a cuatro pagos. A partir de septiembre, a 3 pagos y aquellas y las de octubre, a 2 pagos (Ver calendario de pago).

El objetivo de esta herramienta es generar nuevas oportunidades de empleo formal para personas que hoy se encuentran desempleadas. Para lograrlo, el subsidio se entrega a las empresas como un incentivo para crear nuevos puestos de trabajo, permitiendo que más personas accedan a un empleo estable, con contrato y protección social.

Las postulaciones al subsidio podrán hacerse hasta el mes siguiente al inicio de la relación laboral. Es decir, relaciones laborales iniciadas entre el 15 y 31 de julio, podrán postularse hasta el 31 de agosto y así sucesivamente.

Pueden acceder al beneficio empresas que:

  1. Tributen en Primera Categoría.
  1. Contraten trabajadores o trabajadoras mayores de 18 años (a partir del 15 de julio de 2026).
  1. El trabajador o trabajadora no debe registrar cotizaciones previsionales con ningún empleador en los tres meses inmediatamente anteriores al inicio de la relación laboral.
  1. La remuneración bruta mensual no debe supere tres Ingresos Mínimos Mensuales (IMM).
  1. Que el contrato de trabajo debe estar registrado en la Plataforma Electrónica de la Dirección del Trabajo, (Plataforma de la Dirección del Trabajo).

 

No se otorgará el beneficio por trabajadores o trabajadoras que:

  1. Hayan sido despedidos por la empresa y posteriormente recontratados, en los casos definidos por la resolución que regula el beneficio.
  1. Sean socios o accionistas de la empresa solicitante, o cuya identidad coincida con la de ésta.
  1. Sean cónyuges, hijos, hijas, adoptados, adoptadas, o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto del dueño, socio o accionista de la empresa solicitante.

Tampoco podrán acceder al beneficio las empresas estatales o aquellas que reciban aportes estatales ni tampoco organismos o entidades del estado.

Más información y actividades en redes sociales:

  •  Instagram: @sencearica
  •  Facebook: @SenceAricayParinacota

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